El TSXG absuelve a una médica del CHUAC condenada por acceder al historial clínico de una compañera

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha absuelto a una médica del Complexo Hospitalario Universitario de A Coruña (CHUAC) que había sido condenada en primera instancia por acceder sin autorización al historial clínico de una compañera de trabajo, con la que, según recogía la sentencia inicial, mantenía una mala relación personal.

La condena de partida, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de A Coruña, imponía a la profesional una pena de tres años y medio de prisión —con una propuesta de indulto parcial incluida en el propio fallo— y una inhabilitación especial de seis años para el ejercicio de la medicina, al considerar probado el acceso irregular a los datos clínicos de la compañera.

El TSXG ha estimado los recursos de apelación presentados tanto por el Ministerio Fiscal como por la propia médica, ha revocado la sentencia de instancia y ha absuelto a la acusada. Entre los argumentos que sostienen la revocación, el tribunal señala un error en la valoración de la prueba practicada en el juicio: según los testimonios de los responsables de los sistemas informáticos del hospital, no resultaba posible determinar con certeza si la médica había llegado a acceder a algún dato concreto del historial clínico de su compañera, ni en su caso a cuál, ya que la apertura de cualquier documento habría dejado un registro informático que, en este caso, no llegó a acreditarse.

El episodio pone de relieve el nivel de control al que están sometidos los accesos al historial clínico electrónico dentro del sistema sanitario público gallego. La normativa de protección de datos obliga a limitar la consulta de la información clínica al personal directamente implicado en la atención de cada paciente, y los sistemas informáticos de los hospitales del Sergas dejan constancia trazable de cada acceso individual, un mecanismo que permite auditar este tipo de denuncias y que, en este caso concreto, resultó determinante para que el tribunal considerara que no había prueba suficiente del acceso irregular que se atribuía a la médica.

Al margen del desenlace judicial, el caso recuerda la importancia que tienen las garantías de confidencialidad en un entorno hospitalario donde miles de profesionales manejan a diario información sensible tanto de pacientes como de compañeros de trabajo, y en el que cualquier sospecha de uso indebido de esos datos activa de forma automática los protocolos de revisión interna del centro.

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