La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado el reconocimiento de un complemento salarial de penosidad, toxicidad y peligrosidad, equivalente al 35% del salario base, a favor de un técnico de mantenimiento de electromedicina que presta servicio en el Complexo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO). La resolución condena además a abonarle 5.311,45 euros en concepto de atrasos correspondientes al periodo comprendido entre noviembre de 2023 y septiembre de 2024.
El trabajador, que ejerce funciones en la categoría profesional de maestro industrial desde 1997, presta sus servicios en el CHUO desde noviembre de 2023 a través de una empresa externa de mantenimiento, no como personal propio del Sergas. Entre sus tareas habituales figuran el cambio de filtros en extractores y máquinas de los quirófanos, la limpieza de torres de refrigeración, la manipulación de productos químicos y las intervenciones en áreas de medicina nuclear, además de entrar en habitaciones de pacientes que se encuentran en situación de aislamiento.
El fallo del TSXG se apoya en el convenio colectivo del sector siderometalúrgico de la provincia de Ourense, que reconoce expresamente este complemento al personal de empresas de mantenimiento que trabaja tanto en centros hospitalarios como en centros penitenciarios. La condena recae sobre la empresa de mantenimiento contratada, responsable de la relación laboral con el trabajador, y no sobre el Sergas, que no es parte empleadora en este caso.
La sentencia ratifica la resolución previa del Juzgado de lo Social número 2 de Ourense y desestima el recurso de suplicación presentado por la empresa, que alegaba que no se había acreditado que los riesgos denunciados formaran parte de las condiciones propias del puesto de trabajo. El tribunal, por el contrario, concluye que el trabajador afronta un riesgo ocasional real: cortes con materiales que pueden estar contaminados, exposición a enfermedades infecciosas y a fluidos corporales, radiaciones ionizantes, contacto con personas con trastornos mentales y exposición a sustancias químicas nocivas o corrosivas, un catálogo de riesgos que la propia resolución recoge con detalle técnico.
El caso pone de relieve una fórmula habitual en los grandes hospitales públicos gallegos, donde buena parte de los servicios de mantenimiento, limpieza y soporte técnico se prestan a través de empresas externas contratadas por el Sergas en lugar de con personal propio del centro. Este modelo de externalización ha generado en los últimos años distintos litigios laborales en hospitales gallegos relacionados con las condiciones de trabajo y los complementos salariales del personal de estas contratas, un ámbito en el que los tribunales vienen marcando criterio caso por caso en función de las tareas concretas que desempeña cada trabajador.